Residencia temporaria


Es la categoría en la que el extranjero ingresa al país con ánimos de radicarse temporalmente en él, mientras duren las actividades que dieron origen a su admisión.El plazo de duración de la residencia temporaria es de 1 (un) año, renovable según la profesión y/o actividad y/o motivo de la radicación hasta un máximo de 6 (seis) años.

REQUISITOS

1-DOCUMENTO DE IDENTIDAD VIGENTE: Pasaporte o Cédula de Identidad para los países del MERCOSUR , Bolivia y chile.
2-Certificado de Nacimiento. (*)
3-Certificado de Matrimonio, Sentencia de Divorcio y/o Defunción en su caso, para justificar el estado civil. (*)
4-Certificado de Antecedentes Penales o Policiales (desde los 14 años de edad) del país de origen o del país de Residencia de los últimos 5 años debidamente acreditada. Para ciudadanos de nacionalidad Brasileña: Certificados expedido por la Policía Federal o del Poder Judicial – Justicia Federal. Para los ciudadanos Argentinos: Certificados expedidos por la Policía Federal o Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (*)
5-Certificado de antecedentes, para extranjeros expedido por el Dpto. de Informática de la Policía Nacional (Boggiani y R.I. 2 Ytororo) desde los 14 años de edad.
6-Certificado Sanitario, expedido por médicos habilitados y visado por el Ministerio de Salud (Brasil y Manuel Domínguez), haciendo mención a la salud MENTAL, FISICA y sobre no poseer enfermedades INFECTOCONTAGIOSAS.
7-Certificado de Vida y Residencia expedido por la Comisaría Policial jurisdiccional o Juzgado de Paz, VIGENTE.
8-Constancia de su ingreso y permanencia en el país.
9-Visa Consular, para los países que requieran de la misma (verificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; 14 de mayo y Palma).
10-Dos fotos tipo carnet (2,5 x 2,5).
11-Titulo profesional a nivel técnico (*).
12-O Certificado de Estudio visado por el Ministerio de Educación y Culto. ( * )
13-Constancia de Manutención de los Padres ante escribanía Pública, para los estudiantes, en el caso de no trabajar.
14-O Contrato de Trabajo mencionando el salario a percibir con hoja de Certificación de firma ante Escribano Público, Patente, R.U.C. y C.I. del empleador.
15-O Para los religiosos/as, constancia de la Congregación acompañada de la Nota del V.M.C.

OBSERVACION:

* (*): TODOS, los documentos del país de origen o de residencia en el extranjero (excepto el doc. de identidad) deberán estar VISADOS por el CONSULADO PARAGUAYO en el extranjero y LEGALIZADOS por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Asunción (14 de mayo y Palma).
* TODOS, los documentos se presentan con ORIGINALES VIGENTES, y DOS FOTOCOPIAS autenticadas por Escribano Público en hojas enteras de cada documento presentado.
* TODOS, los documentos que estén en idiomas extranjeros (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español incluyendo pasaporte por Traductor Público matriculado por la Corte Suprema de Justicia.

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